Al tratar de analizar el sistema de interpretación en el derecho administrativo,
encontramos dos grandes dificultades: 1. La amplitud del derecho
administrativo que siendo una parte importante, quizá la más importante, del
derecho público, participa y está
influenciado de otras ramas del derecho dando lugar a una clasificación que
comparte aspectos procesales, penales, económicos, laborales, etc. 2. En
cuanto a la rama específica del derecho administrativo, nos encontramos con un
amplio panorama:
a) Interpretación de las leyes administrativas
b) Interpretación de los reglamentos
c) Interpretación hecha por un particular afectado a través del recurso
administrativo
d) Interpretación hecha por la autoridad administrativa al resolver tal medio de
defensa
e) Interpretación judicial a la hora de una sentencia de tipo administrativo
f) Jurisprudencia: la interpretación que hace el máximo poder jurisdiccional.
La interpretación de las leyes administrativas no es exclusivo de un sólo
individuo y menos de un sólo poder público. Suele dividirse ésta, según diversos
criterios, en atención a los sujetos que la realizan, es decir, según su
procedencia y a la materia que se trata. Así tenemos que se habla de
interpretación privada o doctrinal, judicial o jurisdiccional, auténtica o
legislativa y administrativa o ejecutiva. En materia de derecho administrativo
es muy importante el estudio de la interpretación de la ley, ya que nos
encontramos frente a relaciones del estado con particulares y siempre va a hacer
la administración pública la que va a aplicar la norma. Existe una gran
similitud entre las leyes administrativas y las leyes tributarias por cuanto que
con apoyo en ellas se puede privar a los particulares de la libertad de sus
propiedades -decomiso- posesiones o derechos sin que medie juicio ante los
tribunales establecidos, molestándolos, en su persona, familia, domicilio,
papeles sin que exista mandamiento escrito de la autoridad competente que funde
y motive la causa legal del procedimiento, por lo que se considera que la
interpretación estricta es válida no sólo para el derecho tributario sino
también para el derecho administrativo. Sujetos a la interpretación estricta
o literal serían los preceptos que aluden:
a) A los sujetos comprendidos por la ley
b) Al objeto de la misma
c) A los casos de excepción
d) A los que establecen requisitos u obligaciones que satisfacen
A los que señalen las infracciones y sanciones aplicables.
[ Colaborado por: Rosario Garcia como modo de
colaboracion para Agendistas.com
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